Acaba de enviar por televisión un mensaje
subliminal el Presidente de la Corte Suprema, César San Martín Castro,
en defensa del fallo de Villa Stein y 4 vocales más.
Dijo que no debemos personalizar; que no era el fallo de un solo
vocal, sino de la Sala, de sus 5 integrantes. Que por el criterio que
esa resolución plasma, rechaza un control penal, el disciplinario y,
sobre todo, el político. A priori, descarta cualquier responsabilidad.
En otros términos, no quiere que denuncien penalmente a los 5 vocales
por prevaricato,
falsedad ideológica y genérica, ni encubrimiento personal agravado.
Veladamente, critica al Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), que
ya comenzó a ejercer control disciplinario
al abrir investigación preliminar contra los 5 vocales.
San Martín también rechaza el control político del criterio
jurisprudencial de los jueces,
con lo cual critica al ex ministro de justicia, Jiménez Mayor, a quien
le causaba "vergüenza" la sentencia en cuestión que rebaja penas a los
Colina y al propio presidente Humala que igualmente observó este fallo
pro Colina y de carambola de 3 bandas en favor de Fujimori.
Habrá que contestarle en forma apodíctica al doctor San Martín, que
la sola existencia del delito de prevaricato y su severa punición en los
códigos penales del mundo, no es adrede; es para controlar la torcedura
moral de los jueces cuando sentencian con sesgo, citando hechos falsos y
violando el sentido expreso de las leyes.
Asimismo, la configuración legal del encubrimiento como ilícito
penal, con penas severas, contra quien sustrae a alguien de la
persecución penal o de cualquier medida ordenada por la propia justicia,
es precisamente agravado, cuando quien realiza tal sustracción es el
policía, el fiscal o el juez a cargo de la investigación y juzgamiento
del delito y su autor. La norma no acepta al gato de despensero.
Por ende, es natural este control penal de los jueces supremos que
fallan con dolo. Por razón de jerarquías lo ejerce el Congreso de la
República en el Antejuicio, si el mismo agraviado o un congresista
formula denuncia constitucional contra los prevaricadores y
encubridores.
Igualmente, su razón natural de ser del CNM es su potestad
disciplinaria sobre los jueces que fallan mal, por cuya razón la propia
Constitución Política le permite imponer la sanción de destitución del
magistrado torcido, torcedura moral que es constatable en las formas,
contenidos y motivaciones de sus fallos. ¡Incluso el venal a veces cae
in fraganti!.
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