Por:
Guillermo Olivera Díaz
Documentos adjuntos
La frase intimidante dicha por Ollanta Humala Tasso, hoy 2-7-2012, es
tremebunda, impropia hasta de un aprendiz de estadista o de alguien que
ocasionalmente sin saberlo ejerce la jefatura del Estado. ¡Me figuro
escuchar: “esas devastadoras consecuencias ni me van ni me vienen; de
lejos arrellanado no las voy a ver, sentir ni sufrir, ni siquiera
husmear como Fujimori!
Significa, en profano, para los que siguen, con razón, oponiéndose al
proyecto minero Conga, envenenante de agua, ambiente y consciencias:
¡Carguen con sus heridos y con el sinfín de muertos que se produzcan,
aunque éstos hayan votado por mí para ser presidente!
Me aterra esta inhumana expresión; pues es la misma: “aténganse a las
consecuencias”, que espetó enceguecido de ira ante sus padres reunidos,
Isaac y Elena, refiriéndose a su hermano Antauro, antes de ser llevado a
la Base Naval del Callao. ¡Me la refirió con voz quejosa la única y
veraz circunstante!
¡Y vaya que vinieron las consecuencias para Antauro! El 26-2-2012, se
expidió el Decreto Supremo N° 006-2012-JUS, firmado por Ollanta Humala
Tasso, Oscar Valdés Dancuart, Luis Alberto Otárola Peñaranda y Juan
Jiménez Mayor, que deroga el segundo párrafo del Art. 1° del Decreto
Supremo N° 024-2001-JUS, que prohibía el ingreso de nuevos sentenciados o
procesados a la Base Naval del Callao, con cuya derogación Antauro ya
podía ser trasladado. Sin embargo, vino otra consecuencia más para el
mismo infortunado.
El domingo 1-4-2012 Ollanta Humala Tasso firma otro Decreto Supremo,
el N° 010-2012-JUS, por el cual el solo Presidente del INPE actual, Luis
Pérez Guadalupe, “podía disponer el ingreso de otros internos que hayan
cometido delitos de extrema gravedad que se encuentren en cualquier
régimen penitenciario cerrado y cuando existan razones de seguridad”.
Con esta norma palaciega Antauro fue llevado a rastras a la Base
Naval al día siguiente, lunes 2-4-2012, a las 4 de la mañana, donde mora
con Montesinos, por mandato de su hermano Ollanta. ¡Sin ambos Decretos
Supremos nadie podía haberlo trasladado!
Todo aquel que esté allí internado debe ser jurídicamente considerado
autor de ilícitos de “extrema gravedad” y como persona ser de “alta
peligrosidad”. ¿Y quién los califica de semejante modo: Ollanta, el Jefe
del INPE u otro con qué tipo de telescopio?
¡Ya les había advertido a sus padres: “Aténganse a las
consecuencias”! ¿Sucederá con los que se oponen a Conga una sarta de
heridos y muertos, cuyas consecuencias también lo sean para el orondo
presidente, al estilo de Lugo en Paraguay u otro modo violento del mismo
efecto como fin? La historia lo dirá.
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