| Autor(a): Aníbal Gálvez Rivas Perú  | 
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Hace un par de meses comentamos que en varios países latinoamericanos se venían impulsando reformas legales para fortalecer la justicia de paz.
 Resaltaban de forma especial los proyectos de ley existentes en 
Colombia, Venezuela y Perú por su búsqueda de una regulación integral de
 la justicia de paz, no solo de temas puntuales.  
Hoy
 se dio un paso importante en el Perú al respecto. El Pleno del Congreso
 de la República aprobó por 89 votos a favor, sin votos en contra ni 
abstenciones, un proyecto de ley que regula el régimen de los jueces y 
juezas de paz, sus derechos, facultades, obligaciones, competencias, 
régimen disciplinario, formas de acceder al cargo, las oficinas de apoyo
 existentes en el Poder Judicial, etc. 
Este es un hecho histórico que favorece el acceso a la justicia de la población de menos recursos en nuestro país.  
La
 última norma peruana que reguló la justicia de paz de manera integral 
fue el reglamento de 1854. Esta norma se consideraba ya desfasada a 
inicios del siglo pasado y por eso existieron esfuerzos desde entonces 
por modificarla. El intento que llegó más lejos fue el proyecto de Ley 
Orgánica de la Justicia de Paz elaborado por el Colegio de Abogados de 
Lima en 1940, y que fue aprobado en julio de 1945 bajo el nombre 
cambiado de Código de Justicia de Menor Cuantía. Sin embargo, debido a 
la vacatio legis establecida en la propia ley, debía entrar en 
vigencia en marzo de 1946, pero antes de ello, el 15 de diciembre de 
1945, se promulgó la Ley N° 10326 que suspendió la norma hasta que el 
Congreso la revisara y la aprobara con las modificaciones que estimase 
conveniente, lo que nunca ocurrió (Gálvez, 2006:20-21).  
La
 ley recientemente aprobada deroga expresamente el reglamento de 1854, 
el cual, en realidad, ya no tenía vigencia práctica pues los diversos 
temas que contenía ya habían sido derogados tácitamente por una miríada 
de normas a lo largo del último siglo y medio. Y es que, uno de los 
problemas principales de la normativa sobre justicia de paz era su grave
 dispersión producto de cambios inconexos durante décadas, lo
 que derivaba en vacíos, poca claridad y contradicciones, todo lo cual 
facilitaba que la institución fuera marginada dentro del sistema de 
justicia, debilitándola, pese a su amplia legitimidad social:
 el 2008 un 80.3% de usuarios tenía una opinión favorable del servicio y
 afirmaba que volverían a los juzgados de paz, de acuerdo a un estudio 
del Movimiento Manuela Ramos (Diagnóstico situacional del servicio de 
Justicia de Paz Letrada y de Justicia de Paz, 2008, p. 54). 
La
 trayectoria de la justicia de paz en nuestro país la muestra como uno 
de los transplantes legales que mejor se han adaptado a nuestro medio, 
pues las últimas décadas han estado marcadas por un proceso cada vez mayor de democratización de la institución.
 Por ello, actualmente la importancia de la justicia de paz se sostiene 
en dos pilares. Por un lado, desde la perspectiva de la población, es la
 instancia de justicia más cercana a los sectores de bajos recursos y 
que viven en zonas alejadas, por lo que constituye una importante 
plataforma de acceso a la justicia; además, es un valioso espacio de 
ejercicio de ciudadanía, que permite que personas provenientes de 
sectores históricamente marginados accedan a un cargo de autoridad 
dentro de la estructura estatal. Por otro lado, desde la perspectiva del
 Estado, la amplia distribución geográfica de la justicia de paz 
posibilita una presencia extensa y legítima del sistema de justicia en 
todos los rincones del país; además, constituye un sistema abierto a la 
interculturalidad en la resolución de las causas. 
Debido
 a su amplia extensión, optaremos por comentar en próximos artículos 
cada aspecto de esta novedosa norma. Pero queremos remarcar que la ley 
refuerza dos cuestiones claves de la legitimidad de la justicia de paz: 
la elección popular y la resolución de las causas mediante el leal saber
 y entender de los jueces de paz, sin necesidad de fundamentar 
jurídicamente.  
Ahora,
 el Poder Judicial tiene un gran reto por delante al ser el principal 
responsable de la implementación de esta ley, por lo cual también 
buscaremos plantear propuestas pertinentes y comentar los avances. 
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viernes, 11 de noviembre de 2011
El Congreso aprobó la ley de justicia de paz: grandes cambios a la vista 
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